¿Se puede cambiar el nombre de una sociedad ya constituida?

Sí. Se puede cambiar el nombre de una sociedad ya constituida con tan solo unos pasos de tramitación. Este cambio de nombre no afecta ni a los derechos u obligaciones contraídas con anterioridad, ni tampoco al desarrollo normal de la actividad de la empresa.

Es muy común que las empresas tengan un nombre relacionado con su objeto social. Si se decide cambiar el  objeto social y la empresa se dedica a otra actividad es esencial cambiar también el nombre social para que la empresa congruente e en todos los aspectos. Veamos ahora los pasos para proceder al cambio de nombre de una sociedad:

  1. En primer lugar, para poder cambiar el nombre de una sociedad, los socios de la sociedad tendrían que convocar una junta general extraordinaria, donde tratar el cambio de denominación social y llegar a un acuerdo en cuanto al nuevo nombre. Se acordará por mayoría o por el porcentaje establecido previamente en los estatutos.

  2. Una vez aprobado, se solicitará en el registro mercantil la certificación negativa de denominación y si el nuevo nombre está disponible habrá que realizar una reforma en los estatutos y otorgar una escritura pública que se inscribirá en el Registro. Se tendrá que presentar el modelo censal 036 junto a una copia de la escritura.

  3. Por último, habrá que notificar tanto a Hacienda como a la Seguridad Social de este cambio de denominación de la sociedad.

El cambio de nombre de la sociedad no conlleva el trámite de una licencia de apertura para el negocio. Tampoco conlleva un cambio del número de identificación fiscal, ni un cambio de códigos en la cuenta de cotización ni en la antigüedad de los trabajadores.

El nombre de la sociedad que se quiera cambiar seguirá activa en el Registro mercantil y transcurrido un año desde el cambio de denominación de la sociedad, caducará con su consiguiente cancelación en el Registro mercantil.


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