Las deudas tributarias con las Comunidades Autónomas de hasta 30.000€ se podrán aplazar o fraccionar sin garantías
- 31/03/2016
El pasado 17 de marzo de 2016 se publicó en el BOE la Orden HAP/347/2016 por la cual se eleva a 30.000€ el límite exento de la obligación de aportar garantía en las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento de deudas derivadas de tributos cedidos a las Comunidades Autónomas.
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