¿Quién puede aceptar la herencia si el heredero es menor de edad o persona con capacidad modificada judicialmente?

Ante la situación de que uno de los herederos sea menor o persona con capacidad modificada judicialmente, será el representante legal quien actúe en su nombre en la aceptación y particiones de la herencia. No obstante, los representantes legales tienen ciertas facultades limitadas, ya que, si bien en el caso de que se quiera aceptar la herencia a beneficio de inventario el representante legal podrá hacerlo sin necesidad de autorización judicial, en caso de querer renunciar a la herencia, debe solicitarse autorización judicial (salvo menores de 16 años que consintieren en documento público) y, de ser esta denegada, la herencia solo podrá ser aceptada a beneficio de inventario.

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