¿Cuál es el plazo para aceptar o renunciar a una herencia?

La aceptación y la renuncia son actos enteramente voluntarios y libres, por lo que podrán realizarse en cualquier momento. No obstante, hay que tener en cuenta que la liquidación del impuesto de sucesiones debe realizarse dentro de los seis meses siguientes al fallecimiento del causante, lo que implica que se acepte la herencia antes del vencimiento de dicho plazo. Además, en los casos en que se pretenda aceptar la herencia a beneficio de inventario ante notario, si al solicitar la formación de inventario los herederos no aceptaron la herencia, reservándose el derecho a deliberar, deberán manifestar al notario si aceptan pura y simplemente, a beneficio de inventario o renuncian una vez finalizado el inventario, pues si no lo hacen pasados treinta días, se entenderá que aceptan pura y simplemente.

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