¿Una donación puede ser revocada?

Con carácter general, las donaciones son irrevocables. No obstante, el Código Civil recoge las siguientes excepciones:

  • Cuando el donatario haya dejado de cumplir alguna de las condiciones que el donante le impuso.

  • En caso de ingratitud, si el donatario cometiere algún delito contra la persona, el honor o los bienes del donante, o; si el donatario imputare al donante alguno de los delitos que dan lugar a procedimientos de oficio o acusación pública, aunque lo pruebe; a menos que el delito se hubiese cometido contra el mismo donatario, su cónyuge o los hijos constituidos bajo su autoridad, o; si le niega indebidamente los alimentos.

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