¿Cómo se hace una Due Diligence?

La investigación que comprende una Due Diligence se enmarca en un proceso de venta de empresa o de obtención de financiación. Por ello, se requiere por parte del vendedor la firma de una carta de intenciones y compromiso de confidencialidad (conocido como NDA), que regirán la relación durante el proceso de venta y, por tanto, de Due Diligence, comprometiéndose el inversor interesado a no publicar ni emplear la información para fines distintos a los de la evaluación de la posibilidad de inversión. Es posible que se otorguen periodos de exclusividad para que uno o más interesados evalúen el negocio, sin que ningún otro que muestre su interés con posterioridad pueda tener acceso hasta que los primeros firmantes hayan concluido su propia evaluación. 

Firmado el NDA, el vendedor facilita la información solicitada por el comprador en el periodo de tiempo establecido al efecto, normalmente durante uno o dos meses en función de la complejidad de la operación. Esta información es entregada al consultor externo designado por el inversor para que proceda a su evaluación en los aspectos recogidos en el alcance de la Due Diligence. El consultor emitirá un informe con las contingencias detectadas y riesgos observados, que será tenido en consideración por el inversor en el momento de hacer su propuesta.

El consultor habitualmente mantendrá contacto con personal clave de la organización, como el Director General, Financiero, Comercial, de Producción, Legal, de Recursos Humanos y cuantos sea necesario para complementar sus análisis. 

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