fb track

A propósito de Volkswagen… (II)

03/12/2015

A mediados de septiembre pudimos conocer que la Agencia de Protección Medioambiental estadounidense había realizado una investigación cuya conclusión era que un elevado número de vehículos del consorcio alemán producían emisiones de óxido de nitrógeno (NOx) que superaban con creces los niveles de contaminación legalmente permitidos. Su ocultación fue posible debido a que los ingenieros de Volkswagen equiparon sus motores diesel con un software presuntamente fraudulento, el cual identificaba el momento en que se estaba inspeccionando el vehículo para, en ese instante, alterar los resultados de emisiones y proporcionar valores dentro de los límites permitidos. Sin embargo, en su uso diario ese software quedaba desconectado para conseguir mejores prestaciones a costa de superar de manera ilegal las emisiones de óxido de nitrógeno.

Además, a principios de noviembre el fabricante alemán hacía público otro comunicado en el que admitía que se habían cometido nuevas irregularidades pero esta vez en relación con las emisiones de dióxido de carbono (CO2). Los motores afectados por este nuevo fraude son tanto diésel como gasolina.

Nos encontramos, por tanto, ante dos casos diferenciados: el fraude en aproximadamente 11 millones de vehículos diésel de todo el mundo sobre los sistemas de emisión de óxido de nitrógeno manipulados (NOx); y las irregularidades con respecto a las emisiones de dióxido de carbono (CO2), que según la compañía alemana afectaría a 800.000 vehículos a nivel mundial.

En España estaríamos hablando de aproximadamente de unos 700.000 vehículos afectados por el fraude del óxido de nitrógeno (NOx) y unos 50.000 vehículos afectados por el fraude del dióxido de carbono (CO2).

Podemos comprobar los modelos afectados y su motorización en la tabla del siguiente enlace.

En todo caso, y como ya indicamos en una publicación previa, para confirmar si el vehículo en cuestión ha resultado afectado debemos acudir a las respectivas páginas web de las marcas afectadas a través de los siguientes enlaces: Volkswagen, Audi, Seat o Skoda e introducir el número del bastidor del vehículo.

Desde el Despacho queremos facilitar una serie de consejos y recomendaciones que pueden servir de utilidad para poder reclamar posteriormente al grupo Volkswagen las responsabilidades derivadas del fraude cometido.

Por un lado, resulta conveniente recopilar toda la documentación relativa al vehículo, como puede ser:

-          Contrato de compraventa del vehículo.

-          Catálogos o folletos publicitarios del vehículo.

-          Facturas o justificantes de las revisiones o reparaciones que se le hayan hecho al vehículo.

-          Comunicaciones recibidas por el grupo Volkswagen en relación con el fraude.

-          Certificados o justificantes de las ITV pasadas.

-          Revistas especializadas del motor donde aparezcan los datos técnicos del vehículo.

-          Si la persona afectada está especialmente sensibilizada con cuestiones del medio ambiente, debería recabarse otro tipo de documentación relacionada con esas cuestiones.

Por otro lado, en relación con las actuaciones sobre el vehículo, deberíamos cumplir con la obligación de pasar la ITV para el caso de estar pendiente. Así mismo, y a la vista de que el grupo Volkswagen tiene intención de llevar a cabo un plan de reparación de los modelos afectados, tal y como ha dado a conocer recientemente, desde el Despacho aconsejamos no reparar el vehículo pues en ese caso podrían destruirse pruebas que serían relevantes para fundar la reclamación, especialmente en relación a determinar las prestaciones del vehículo antes y después de la reparación, por lo que el asesoramiento jurídico previo en esos casos resultaría fundamental para el éxito de la eventual reclamación (lo cual no quiere decir que no vaya a repararse el vehículo más adelante). En todo caso, sería necesario que, con carácter previo a acometer la reparación, el grupo Volkswagen informe a los afectados, por escrito, sobre cuáles van a ser las concretas modificaciones que se van a realizar en el vehículo.

Entre las repercusiones negativas que podrían ocasionar la reparación del vehículo afectado, resultan destacables la reducción de la potencia, el incremento del consumo de carburante y la pérdida de expectativa de venta en el mercado de segunda mano. Evidentemente estas circunstancias vendrían a acreditar que se estaría disfrutando de un vehículo con características distintas a las ofertadas, máxime cuando el precio de esos vehículos era más elevado por contar con sistemas de reducción de emisiones contaminantes que, como se ha visto, no funcionaban correctamente.

Sin perjuicio de la necesidad de hacer un análisis pormenorizado sobre la estrategia a seguir para cada uno de los afectados en atención a sus concretas circunstancias, en las siguientes publicaciones analizaremos las distintas soluciones jurídicas y sus consecuencias.

Si desea más información sobre cómo defender sus derechos en el caso «Volkswagen», póngase en contacto con nosotros, sin coste alguno, a través de este enlace.

 

Pablo López García

Mariluz Velasco García

Departamento de Derecho Procesalde Leopoldo Pons

Compartir:

Áreas de Práctica: Litigación y Compliance Penal